REDACCIÓN
La Contraloría General advirtió a la Municipalidad Distrital de María Parado de Bellido la ausencia de profesionales claves en la construcción de la obra de mejoramiento del servicio de agua potable y alcantarillado en diez comunidades del distrito de María Parado de Bellido, provincia de Cangallo.
El informe de hito de control N° 021-2023-OCI/0361-SCC detalla que durante los días de inspección de los auditores estuvieron ausentes el gerente de obra y los ingenieros especialistas en geotecnia, plantas de tratamiento, gestión de riesgos, monitoreo arqueológico y el capacitador social. La ausencia de estos profesionales podría afectar la correcta dirección y control técnico de la obra en las especialidades que les corresponde.
Asimismo, la comisión de auditores del OCI de la Municipalidad Provincial de Cangallo constató la presencia de fisuras en algunas partes de los tarrajeos que corresponden a la obra, entubados para el agua potable sin los trabajos previos para su apoyo estable los cuales podrían afectar la vida útil del proyecto, así como se podría pagar al contratista por trabajos no ejecutados.
Entre otras observaciones también se evidenció que no realizaron pruebas de test de percolación, procedimiento para determinar la capacidad del terreno para recibir toda el agua que se produce en una instalación hidráulica, corriendo el riesgo de que el proyecto no pueda garantizar el tratamiento y la disposición final para eliminar los contaminantes presentes en el agua.
Cabe mencionar que la obra cuenta con una inversión de S/ 19 707 602 y la población beneficiaria proviene de las comunidades de San Martín de Ccoriacc, Huayllabamba, Llulluchaccata, Ccachccara, Roccray, Tankarpampa, Ccasanccay, Huascarpampa, Pomabamba y San Miguel de Acco del Distrito de María Parado de Bellido.
En estas zonas la incidencia de pobreza total es de un 82.4%, de esa cifra el 18% realiza sus necesidades en los ríos, acequias o canales ya que no cuentan con servicios higiénicos. El informe de control simultáneo fue comunicado al alcalde de la Municipalidad Distrital de María Parado de Bellido para que adopte las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional.